Quién puede constituirla:
– Basta un solo socio, que puede ser persona física o jurídica. |
Requisitos:
– El socio o socios deberán aportar a la sociedad un mínimo de 3.005,06 euros, en metálico u otros bienes. |
Documentación a aportar:
– D.N.I., pasaporte, permiso de residencia o documento de identidad extranjero (con foto y firma) de las personas que firmen la escritura. No es necesario que nos aporte los estatutos de la sociedad; se los facilitaremos en la Notaría, adecuándolos a las características de su sociedad. Recuerde que desde la Notaría se puede obtener el C.I.F. provisional de su sociedad. |
Si desea más información o lo que quiere constituir es una Sociedad Anónima, una Sociedad Limitada Nueva Empresa u otro tipo de persona jurídica (Asociación, Fundación…), consúltenos. |