Quiénes pueden otorgarlas:
– Personas casadas o que van a contraer matrimonio antes de un año. |
Documentación a aportar: – D.N.I., permiso de residencia, pasaporte o documento de identidad extranjero (con foto y firma) de ambos. |
Contenido:
– Pacto de separación de bienes o pacto de gananciales u otra forma de comunidad, así como cualquier otro régimen de bienes que permitan las leyes. |
La liquidación de los bienes gananciales puede hacerse simultáneamente o en un momento posterior. Para ello será necesario aportar una relación de todos los bienes y deudas gananciales, con sus correspondientes escrituras o títulos de propiedad, recibos de contribución, certificados de saldo… y el proyecto de valoración y reparto. En caso de duda, pregúntenos. |
Capitulaciones matrimonialesadmin2019-06-10T12:33:37+00:00