Declaración de herederos abintestato
 
Cuándo es necesaria:

– Cuando el difunto fallece sin testamento.

 

Cuándo se debe tramitar ante notario:

– Cuando el difunto deja descendientes, cónyuge o ascendientes.
– Si fallece sin descendientes, ascendientes, ni cónyuge, su tramitación es judicial.

 

Cuál es el notario competente:

– Como excepción al derecho a elegir notario, la declaración de herederos debe hacerla el notario del lugar en que hubiera tenido el difunto su último domicilio.
– Si tuviera dificultad para acudir a dicho notario, pregúntenos y le indicaremos de qué forma puede tramitarla sin desplazarse.

 

Personas que pueden tramitarla:

– Los descendientes, cónyuge o ascendientes del difunto (basta la firma de uno sólo para la declaración de herederos, aunque la herencia tendrán que firmarla todos los declarados herederos)
– Excepcionalmente otras personas, a juicio del notario.

 

Documentación y pruebas a aportar:

– D.N.I., pasaporte, permiso de residencia o documento de identidad extranjero (con foto y firma) del solicitante y de los testigos.
– Certificado de defunción.
– Certificado de Últimas Voluntades (si no se tiene, lo solicitará la propia Notaría).
– D.N.I. o N.I.F. del difunto (salvo que careciera de él).
– Certificado de empadronamiento (sólo si el último domicilio es diferente al que consta en el D.N.I.).
– Libro de familia o, en su defecto, certificados literales de nacimiento de los hijos y de matrimonio del causante, en su caso.
– 2 testigos que conocieran al difunto (pueden ser familiares no interesados en la herencia).
– Relación de los datos personales de todos los herederos (nombre, apellidos, estado civil, domicilio y documento o número de identidad)
– Excepcionalmente, el notario solicitará más pruebas si lo estima necesario.

Tiempo de tramitación mínimo:

20 días hábiles desde la firma inicial.

En caso de duda sobre las personas que pueden tramitarla el acta, los documentos a aportar u otras cuestiones relacionadas (ej. declaración de herederos de extranjeros residentes en España o españoles residentes en el extranjero), pregúntenos.